lunes, 12 de marzo de 2012

SALUD OCUPACIONAL DURANTE LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

Cuando se llevo a cabo la Revolución Industrial entre el Siglo XV y XVI se produjeron una serie de inventos que transformaron el modo de vida de las personas: El ferrocarril, la máquina a vapor, mejoría en las comunicaciones fluviales por la construcción de canales y una industrialización creciente como consecuencia de las nuevas formas de producción.

El efecto de la Revolución Industrial en la salud de la población se dio principalmente en que la estructura de la familia experimento la ruptura ya que los hombres debían trasladarse a las zonas industriales de las ciudades, dejando solas a sus familias. El cambio de lo rural a lo urbano trajo consigo la malnutrición y la pobreza. Reaccionando a todo lo que estaba sucediendo se crearon servicios de salud publica destinados a controlar las enfermedades y mejorar las condiciones de salud que se estaban dando.


El simple hecho en que los trabajadores no estaban capacitados para asumir todo lo que traía este cambio, cuando se dio la Revolución Industrial, hizo que por causa de los riesgos químicos aumentaran considerablemente loe efectos nocivos en lo trabajadores. Y el cambio en realizar un trabajo manual a uno mecanizado o industrial, se llevo consigo la vida de muchos trabajadores  y que se deteriorara su salud. Es por esta razón que se condujo a la creación de servicios de salud ocupacional y una mayor atención hacia las condiciones ambientales laborales y a prevenir enfermedades ocupacionales.

miércoles, 2 de marzo de 2011

CONFIDENCIALIDAD

Información que es accesible ÚNICAMENTE a personal autorizado a tener dicha información!!!
Es conocida como un PRINCIPIO ÉTICO.
  1. Medicina
  2. Derecho
  3. Religión                        SECRETO PROFESIONAL
  4. Psicología
  5. Periodismo
 La CONFIDENCIALIDAD de la informacion: Constituye la piedra angular de seguridad de la informacion en corporaciones de hoy en dia.


 MEDICINA: No solo incumbe a los medicos si no que trata de un REGIMEN SECRETO COMPARTIDO.
Debe ser tanto para medicos, aux. medicos,personal administrativo,laboratoristas y aux. de servicio.
OBLIGADOS a guardar el secreto medico y si no lo hacen cometen delito de REVELACION DE SECRETO PROFESIONAL. Art. 302 del Codigo Penal.
Por lo tanto y de regla toda actuacion medica conlleva YA el deber de Confidencialidad.




RESPONSABILIDAD PROFESIONAL :
  • 1. Asegurar a los usuarios de salud la Confidencialidad y garantizar el  secreto profesional.
  • 2. Recuperar la confianza en el equipo sanitario.
  • 3. Proporcionar una relacion sanitaria humanizada donde prime la IGUALDAD,CALIDAD y CALIDEZ.
  • Cumplir con la responsabilidad ETICA y LEGAL a pesar de las presiones externas.